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Algo más acerca de la notificación y domicilio electrónicos en la Justicia Nacional y en el CPCCN
Por Eduardo Sirkin
“Con la sanción de la ley 26.685 quedó autorizada la utilización de expedientes, documentos, firmas, comunicaciones, domicilios electrónicos y firmas digitales en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial de la Nación, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. Se autorizó a la CSJN y al Consejo de la Magistratura de la Nación la reglamentación de su utilización y la gradual implementación.”
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Términos mencionados en esta doctrina: electrónicos, judiciales, notificaciones, utilización, procesos, acordada.